¿QUÉ IMPUESTOS SE PAGAN EN UNA DONACIÓN?

Si vas a hacer una donación o vas a recibir una donación, es mejor que te asesores antes para saber las repercusiones que tendrá dicho negocio jurídico. En el despacho de Castellón Del Pozo Abogados están a tu disposición abogados especialistas en impuestos para que sospeses si vale la pena o no hacer la donación, porque queremos que extraigas un beneficio real de esa operación.

 

Algunas personas no conocen la tributación de las donaciones en renta, y acaban pagando. Situación que hubiesen evitado si se hubiesen asesorado correctamente. O lo que es peor, en ocasiones no se declaran las donaciones y se termina pagando sanciones, recargos e intereses.

 

Es importante saber que las donaciones generan el pago de impuestos.

 

A menudo la operación se realiza sin conocer la obligación de tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), que corre a cargo del donatario, el que recibe la donación.

 

Es habitual que el donatario descubre la obligación de tributar por la donación que ha recibido fuera del plazo de 30 días hábiles tras realizar el acto de cesión. Aquí el receptor puede tener problemas por encontrarse expuesto a sanciones, recargos e intereses de demora que podrían suponer un alto coste económico.

 

De ahí la importancia de acudir al despacho Del Pozo Abogados en Castellón antes de realizar la donación para poder asesorarte y posteriormente podemos liquidar los impuestos correspondientes.

 

Además, al deberse todo a una cuestión de desconocimiento sobre cómo se tributan las donaciones en renta, el beneficiario de la donación no tenía previsto el desembolso de dinero que debe realizar para saldar su deuda con la administración, lo que puede ponerle en un aprieto.

 

Después de ver el Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, debemos analizar la repercusión de la donación en la plusvalía municipal. Se trata de un impuesto local que se genera por el aumento de valor de los bienes inmuebles urbanos por el transcurso del tiempo. Si durante el período estimado ha aumentado su valor, deberá tributar, pero si no ha experimentado un incremento de valor o se transmite “a pérdidas”, no debería tributar. La obligación de pagar es para el donatario, el que recibe la donación.

 

En la liquidación del impuesto de plusvalía municipal es habiendo muchas discrepancias con los Ayuntamientos, por eso debes poner tus intereses en manos de especialistas en impuestos, cuenta con el despacho Del Pozo Abogados en Castellón.

 

Pero no solo existen obligaciones fiscales en el donatario, también existen en el donante, quien tendrá obligaciones fiscales en su Impuesto de la Renta de las Personas Físicas IRPF. En concreto, quien hace la donación tiene que declarar la ganancia patrimonial en el IRPF.

 

Cuidado con esta obligación fiscal porque podemos estar hablando de mucho dinero que tendría que pagar a Hacienda la persona que hace la donación. Por eso es muy importante asesorarte antes de realizar la donación en nuestro despacho Del Pozo Abogados en Castellón como especialistas en impuestos.

 

En caso que desees realizar una donación, te recomendamos que acudas antes a nuestro despacho de abogados como especialistas en derecho tributario para poder hacerte una planificación de dicha donación con la finalidad de pagar menos impuestos.

 

 

 

 

 

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